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viernes, abril 19, 2024
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Un juzgado de Burgos condena a una SAT y una acondicionadora por explotación ilegal de variedades protegidas

Los representantes legales de una sociedad agraria de transformación (SAT) y una entidad acondicionadora de grano de Burgos han sido condenados por el juzgado de lo penal nº 1 de esta provincia como autor y cooperador necesario, respectivamente, de un delito contra la propiedad industrial (artículo 274.3 del Código Penal).

Los condenados hacían figurar en la documentación relativa a los servicios de acondicionamiento de grano para siembra, la denominación de la variedad vegetal no protegida de cebada Illico en lugar de la denominación la variedad vegetal protegida, Carat, impidiendo el cobro de las retribuciones por reempleo del grano por parte del titular de los derechos de la citada variedad.

La sentencia, que es firme, por lo que no cabe recurso alguno contra ella, condena a cada uno de los acusados a la pena de 6 meses de prisión, 1080 € de multa e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Antonio Villarroel, máximo responsable de Geslive, ha señalado que la falsificación de la identidad de las variedades vegetales que se acondicionan para siembra tiene “graves consecuencias” para los obtentores de nuevas variedades, a los que se les está causando pérdidas millonarias cada año, y también para todo el conjunto del sector.

Desarrollar nuevas variedades vegetales y ponerlas a disposición de los agricultores solo es posible si se lleva a cabo una inversión continua en costosos programas de investigación. Para sostener estos programas de mejora y desarrollo de variedades es vital proteger los resultados de los trabajos de los obtentores y respetar los derechos de propiedad industrial.

La reproducción o la compra de semillas o plantas ilegales, o el reempleo de granos para la siembra sin aplicar los derechos de propiedad industrial, ponen en serio peligro la investigación y comprometen el futuro de nuestra agricultura.

Tras la modificación efectuada en el Código Penal, por la Ley 1/2015 de fecha 30 de marzo, la explotación no autorizada de variedades vegetales protegidas, lo que incluye las operaciones de acondicionamiento de grano para siembra no ajustadas a la normativa vigente, constituye un delito castigado hasta con tres años de prisión.

Sobre Geslive

GESLIVE es una empresa que presta servicios profesionales apoyando a los obtentores de nuevas variedades vegetales en la gestión, protección, asistencia técnica y asesoramiento en defensa de los derechos de propiedad industrial de más de 1500 variedades vegetales y de 100 marcas registradas.

Las empresas obtentoras han de realizar costosas inversiones con el fin de llevar a cabo sus investigaciones con las que poder mejorar las diferentes variedades vegetales y crear otras nuevas. Para asegurar e incentivar la innovación y el progreso que esta actividad supone, es imprescindible proteger los derechos que sobre la nueva variedad debe ostentar su creador, análogamente a como se protegen otras obras técnicas, científicas o artísticas.

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