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viernes, marzo 29, 2024
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Agricultura confirma a COAG que permitirá aplicar purín aún con sistemas de distribución no localizada

La Dirección General de Política Agraria Comunitaria ha confirmado a COAG que la próxima semana se publicará la resolución que permite durante 2020, de manera excepcional y sujeta a determinadas limitaciones, la aplicación de purines mediante sistemas de distribución no localizada, tales como platos o abanicos.

Así pues, y según afirma la organización agraria que le comunican fuentes de la propia Consejería, la resolución que se publicará tendrá un contenido prácticamente idéntico a la emitida en 2019, en la que se justificaba la excepcionalidad de la medida en que “a la vista de la evolución de la maquinaria agrícola en 2018, y a pesar del importante esfuerzo realizado por los agricultores y ganaderos de Castilla y León para la adaptación de los equipos a la aplicación localizada de purines, se considera necesario un año más para que el sector esté en condiciones de cumplir la nueva normativa”

La aplicación de purines y estiércoles es de suma importancia para los agricultores y ganaderos, ya que el incumplimiento de las normas de condicionalidad de las ayudas de la PAC puede dar lugar a reducciones y/o penalizaciones en las ayudas, al margen de las posibles sanciones y responsabilidades por incumplimiento o vulneración de otras normas (ambientales, sanitarias, sectoriales, municipales, etc.).

COAG recuerda a los agricultores y ganaderos que, si bien podrán seguir utilizando los sistemas de plato o abanico, la aplicación de purines no podrá realizarse cuando la temperatura máxima el día de la aplicación supere los 30 grados centígrados, ni cuando el recinto en el que se aplique tenga una pendiente superior al 20 por ciento.

Los profesionales también deben tener en cuenta que aparte de los criterios de condicionalidad de las ayudas de la PAC, existen otras normativas de obligado cumplimiento que en determinados casos limitan aún más los requisitos de la propia condicionalidad, como es el caso del Decreto 4/2018 sobre condiciones ambientales mínimas para las actividades o instalaciones ganaderas de Castilla y León.

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