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martes, abril 16, 2024
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EL Tribunal Supremo da validez a la fecha real de la revisión de vehículos para pasar la siguiente ITV

Atiende así reclamaciones como las de UPA en Castilla y León, el Defensor del Pueblo o la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España para que no se perjudique a particulares a la hora de realizar dos inspecciones, y por lo tanto pagar dos veces la tasa, con apenas días de diferencia

El Tribunal Supremo suspende cautelarmente la norma que establecía que el plazo de validez de las ITV se contabilice a partir de la fecha oficial fijada para la inspección, en vez de la real. El problema ha surgido a partir de que hubiera un periodo de prórroga por el estado de alarma debido a la pandemia del coronavirus, y el consiguiente cierre de las estaciones inspección técnica. Como la fecha de la siguiente revisión se mantenía vigente, ha sido habitual que haya habido vehículos (furgonetas, pick-up y otros) que se han visto obligados a pasar la ITV en corto espacio de tiempo otra vez.

Esta decisión del Alto Tribunal supone a efectos prácticos que la fecha de realización de las ITV, debido al cierre de las estaciones por el estado de alarma, y por lo tanto el periodo de prórroga no quede recortado de manera artificial provocando el efecto de obligar a los particulares a realizar la siguiente revisión antes de lo previsto.

“Si la ITV es para garantizar que el vehículo está bien, lo normal es dejar que la siguiente sea en el plazo real establecido”, argumenta Aurelio González, secretario general de UPA Castilla y León. Esta organización agraria solicitó en verano que se resolviera el problema, que también afectaba al sector agrario, por el cual un agricultor/ganadero podría verse perjudicado al tener que pasar la ITV dos veces, en vez de una, cada seis meses. Sería en los casos en los que al titular de un vehículo agrario le hubiera caducado su tarjeta en el periodo que va del 10 de marzo hasta el inicio de la apertura de las ITV, y por lo tanto en esta casuística tuviera que pasar dos inspecciones en ese corto periodo.

Por su parte, COAG Castilla y León aconseja a los agricultores afectados por este supuesto que se informen en los centros donde pasaron la inspección sobre cómo corregir el plazo de validez. “La norma suspendida cautelarmente ha estado causando un
doble perjuicio económico a los agricultores y ganaderos. Por un lado, al tener que pagar las tasas dos veces en un breve período de tiempo. Por otro lado, porque supone una dedicación en tiempo que frena su actividad. Conviene recordar en este sentido que pasar la ITV en instalaciones móviles, habituales en el medio rural, si bien facilita la proximidad sin embargo supone mayor dificultad de adaptación a las fechas programadas por las empresas concesionarias de este servicio”, agregan.

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