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viernes, marzo 29, 2024
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Los plazos en los procedimientos administrativos vinculados a la PAC quedan “interrumpidos”

La entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, con carácter general, supone la interrupción de todos los plazos para la tramitación de procedimientos administrativos vinculados a la Política Agraria Común (PAC), tal y como confirman desde el Ministerio de Agricultura. En este contexto, el incumplimiento de plazos por causas no imputables a los interesados, podrá ser considerado como causa de fuerza mayor.

En lo que se refiere a las ayudas directas de la PAC que reciben agricultores y ganaderos, cuyo plazo de solicitud comprende desde el 1 de febrero hasta el 30 de abril, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación valora la decisión de la Comisión Europea de prorrogar el plazo de solicitud hasta el 15 de junio.

La Comisión ha confirmado a España que en breve se iniciará la tramitación de un Reglamento de Ejecución para llevar a cabo esta extensión. En todo caso, en colaboración con las comunidades autónomas, se facilitará la presentación telemática de las solicitudes de ayuda para que puedan seguir registrándose, mientras dure el estado de alarma, el máximo número de solicitudes a través de medios telemáticos.

Para el conjunto de regímenes de ayuda y procedimientos administrativos vinculados a la aplicación de la PAC en España, se procederá a su revisión para facilitar el cumplimiento de los compromisos de todos los beneficiarios que se vean afectados por la aplicación del estado de alarma, al tener este estado excepcional la consideración de causa de fuerza mayor y solicitará a la Comisión Europea los cambios normativos de urgencia que sean necesarios.

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