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viernes, marzo 29, 2024
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El importe unitario de la ayuda a la remolacha se fija en 610,51 euros por hectárea

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha fijado el importe unitario de la ayuda a la remolacha en 610,516824 euros por hectárea para las zonas de siembra primaveral. Esta ayuda asociada está destinada a los agricultores que produzcan remolacha azucarera que cumplan los requisitos establecidos en la Sección 6ª del Capítulo I del Título IV del Real Decreto 1075/2014 de 19 de diciembre.

El objetivo de esta ayuda es contribuir al mantenimiento del cultivo de la remolacha azucarera en las zonas tradicionales de producción, así como favorecer el adecuado suministro de materia prima a la industria transformadora asociada para asegurar la permanencia del complejo agroindustrial remolachero-azucarero.

Esta medida se desglosa a su vez en 2 sub-regímenes de ayuda, en función de las zonas homogéneas de producción de remolacha azucarera existentes en España, cada una con su correspondiente límite presupuestario tal y como queda reflejado en el Anexo II del citado Real Decreto.

La zona de producción de siembra primaveral se corresponde con la zona geográfica situada al norte del paralelo 39º norte. Corresponde a las comunidades de Navarra, La Rioja y Castilla y León, además de a la provincia de Álava.

La dotación presupuestaria para la campaña 2019-2020 queda establecida en el Anexo II del Real Decreto 1075/2014 y asciende a 14.470.000 €.

En virtud de lo establecido en el artículo 33 del citado Real Decreto, el importe unitario de los distintos sub-regímenes de ayuda a los agricultores descritos en el Anexo II del Real Decreto 1075/2014 a percibir por los agricultores que no estén integrados en el Régimen Simplificado de Pequeños Agricultores, se ha determinado teniendo en cuenta la dotación presupuestaria de cada una de ellos, una vez descontada la parte de la dotación que se ha incorporado al citado régimen simplificado en 2019.

En la presente campaña 2019-2020, el número de hectáreas determinadas asciende a 23.700,24 hectáreas, según se desglosa por comunidades autónomas, lo que supone que el importe unitario definitivo de la ayuda queda fijado en 610,516824 €/ha.

Estos importes unitarios definitivos se deberán aplicar, tanto a los pagos pendientes como a los pagos complementarios a los ya realizados con el importe unitario provisional, calculado el pasado mes de octubre.

Por lo tanto, con estos importes unitarios definitivos, se comunica que ya es posible proceder al pago del 100% del importe total a abonar para los citados regímenes de ayuda.

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