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jueves, marzo 28, 2024
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La consejería publica su “estrategia integrada” para combatir el topillo a largo plazo

El Boletín Oficial de Castilla y León ha publicado este viernes la orden por la que se establece la estrategia de gestión integrada frente al topillo campesino (microtus arvalis). El plan se basa en las recomendaciones efectuadas por la Comisión de Roedores y otros Vertebrados, según las cuales la lucha contra el topillo no debe limitarse a los momentos temporales en los que existe riesgo de explosión demográfica, sino establecerse a largo plazo.

La norma establece la obligación para los agentes implicados (agricultores, ganaderos, silvicultores, etc.) de vigilar los cultivos y plantaciones y mantenerlos en buen estado fitosanitario. También establece la necesidad de proporcionar  a la administración todo tipo de información sobre el estado fitosanitario de las plantaciones y de poner a su disposición los medios mecánicos para realizar cuantas actuaciones les sean requeridas.

Zonas más afectadas

Además de una serie de actuaciones preventivas de carácter voluntario, la orden de la consejería fija unas prácticas fitosanitarias mínimas que se deben respetar en las comarcas del Pisuerga burgalés, Esla-Campos y Sahagún en la provincia de León, Campos en la provincia de Palencia, Campos-Pan en Zamora y Tierra de Campos en Valladolid.

De este modo, en alfalfas de dos o más años se deben realizar labores superficiales (grada o rastra) para destruir las galerías y las huras en la época de reposo invernal. Además, una vez que se decida no continuar con el cultivo de alfalfa se deberá realizar siempre un laboreo profundo de la parcela.

En las parcelas de cultivo mediante siembra directa se deberán realizar labores de remoción de terreno al menos cada siete años, para los que es admisible el empleo de chísel, descompactador o grada.

En todo caso, queda prohibido practicar siembra directa en aquellas superficies que salen de una situación proclive a convertirse en reservorio, como pastos, forrajes o barbechos.


En alfalfas de dos o más años se deben realizar labores superficiales (grada o rastra) para destruir las galerías y las huras en la época de reposo invernal


En esas comarcas también se establece la obligación de limpiar la cubierta vegetal en otros reservorios ajenos a la actividad agraria y en las denominadas vías de dispersión, como caminos o desagües.

Más allá de la actividad en esas comarcas, la orden fija una serie de actuaciones obligatorias que se deberán acometer ante el riesgo de explosión demográfica del topillo. Se enumeran acciones como las prácticas culturales limitantes para las poblaciones de este roedor, la limpieza de la cubierta vegetal en vías de dispersión y otras áreas y el arado profundo de los rastrojos inmediatamente después de la recolección de la cosecha.

Además, la orden prevé el fomento de la actividad de sus depredadores naturales y prescribe el levantamiento de parcelas abandonadas de cultivo, barbechos, praderas y alfalfas y otros cultivos que pudieran reservorios de topillo con riesgo para los cultivos próximos.

 

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