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sábado, abril 20, 2024
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La Audiencia de Valladolid abre una vía en favor de los regantes con aguas subterráneas

La Audiencia de Valladolid da la razón a Agroconsultores y ordena a la CHD inscribir el derecho al riego de un agricultor de Brahojos. El tribunal comparte los argumentos de la consultora y deja claro que las acciones para que se reconozca el derecho a inscribir los pozos es meramente declarativa: no puede prescribir, en contra de lo que alegaba la Abogacía del Estado

La Audiencia Provincial de Valladolid ha ordenado a la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) que inscriba en su Catálogo de Aguas Privadas el derecho de un agricultor de Brahojos de Medina (Valladolid) a aprovechar las aguas de un pozo que viene usando desde 1994.

Así lo han dado a conocer fuentes de Agroconsultores, la consultoría que presentó el recurso ante la Audiencia Provincial y que está defendiendo las reclamaciones de casi un centenar de regantes ante la confederación hidrográfica.

La anterior titular de la finca, madre del agricultor que ha ganado el recurso ante la Audiencia, había obtenido del Ministerio de Industria la autorización correspondiente en 1976 y el sondeo ya estaba ejecutado al año siguiente.

En 1979, además, presentó un proyecto para la instalación de una bomba a 52 metros de profundidad, con el fin de proporcionar el caudal de agua que consideraba necesario para el riego. En diciembre de 1980 se concedió por la Delegación Provincial de Industria la autorización para esa actuación.

Hechos acreditados

De este modo, la resolución destaca que está “debidamente acreditado” que con anterioridad a la Ley de Aguas de 1985 “se habían obtenido las autorizaciones precisas para ejecutar el sondeo”. Esa ley establecía que el titular de cualquier derecho sobre las aguas podía mantener su derecho, siempre que se inscribiera en el catálogo de la confederación.

En los años siguientes se abrieron dos plazos para realizar esa inscripción, pero fueron numerosos agricultores los que no llegaron a hacerlo, en un proceso donde el regante “no tuvo acceso a una información adecuada sobre los pasos que debía dar y sobre cómo realizarlos”, como señala David Pérez, de Agroconsultores.

Decidir en el juzgado

Recuerda el abogado que una ley de 2001 otorgaba a los titulares de los aprovechamientos un plazo de tres meses para su inclusión en el catálogo, transcurrido el cual no se reconocería ningún aprovechamiento de aguas calificadas como privadas si no era en virtud de una resolución judicial firme.

Esa ha sido la razón para que numerosos agricultores de Castilla y León acudieran a los juzgados para obtener ese reconocimiento. Para el jurista, resultó sorprendente que ante las primeras demandas la CHD “se allanara” reconociendo el derecho del regante a inscribir el pozo. Pero cambió su actitud cuando se multiplicaron las demandas y comenzó a alegar que había prescrito el derecho.

Una acción declarativa que no prescribe

En esa supuesta prescripción del derecho se basaba el recurso interpuesto por Agroconsultores, y finalmente la decisión de la Audiencia de Valladolid anula la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 12, que el pasado marzo fallaba en contra del agricultor dando por válido el criterio de la Abogacía del Estado. Según esta, el derecho a la inscripción habría prescrito en función de lo establecido por el Código Civil, que fija un plazo general de prescripción de 30 años.

Pero la sentencia de la Audiencia, dictada el 27 de noviembre, establece el criterio contrario: que se trata de una acción meramente declarativa, que no conlleva una condena al organismo demandado (la CHD), y como tal no existe la prescripción. Como señala la resolución, “no se interesa condena alguna de la entidad demandada”, puesto que “no se reclama frente a esta que cumpla con prestación alguna, entendida en sentido amplio de hacer, no hacer, entregar, restituir, pagar, satisfacer o cumplir con una determinada obligación”.

Como colofón, la Audiencia Provincial de Valladolid recalca de forma contundente que “es reiterada la jurisprudencia que excluye” respecto de las acciones meramente declarativas “la aplicación del instituto de la prescripción extintiva”.

“Una gran noticia”

La sentencia es “una gran noticia para los regantes”, celebra David Pérez, quien destaca que la resolución dada a conocer sienta un precedente muy importante en la provincia de Valladolid, donde los juzgados de primera instancia deberán tener en cuenta este criterio cuando se alegue ante ellos la supuesta prescripción de ese derecho.

Demandas muy trabajadas

Agroconsultores dispone de un equipo de ingenieros y abogados que acompaña a los agricultores en el proceso de documentación y elaboración de informes técnicos previo a la demanda para inscribir el derecho al riego. Su labor es de gran ayuda ante la indefensión en la que se encuentran muchos regantes, que deben acreditar que utilizaban ese pozo hace 30 años o incluso más. “Y a medida que pasan los años la dificultad de prueba es mayor”, recalca. “Mi tierra puede ser de alguien que me la vendió después de haberla heredado y debo hacer una formidable labor de reconstrucción”, recalca.

Sanciones

Desde la CHD se han impuesto fuertes sanciones, muchas de ellas superiores a los 10.000 euros, que Agroconsultores está recurriendo en vía administrativa. También destaca “la relevancia para centenares de explotaciones de que se les prive del agua, cuando han acometido grandes inversiones en relación con su regadío”.

David Pérez lamenta la actitud de la confederación, que se opone a todas las reclamaciones y, cuando pierde en primera instancia, recurre ante la Audiencia Provincial.

Respecto a las sanciones, la falta de sensibilidad también es notoria. Pese a perder los recursos ante el TSJ, la confederación está recurriendo hasta el Supremo, con decisiones insólitas como recurrir ante el alto tribunal “por una sanción de solo 800 euros que habíamos ganado”.

“Incluso se entiende mal el papel de Fiscalía y Abogacía del Estado, integrados por servidores públicos, que como tales no están para defender a su administración, sino para defender la legalidad”. Según ese razonamiento, “si esas entidades ven que algo es conforme a derecho no hay razón para oponerse”.

Mientras tanto, desde el sector se está a la expectativa, ante la posibilidad de que la CHD abra un nuevo proceso general de regularización de pozos, como se ha insinuado en diferentes ocasiones por los responsables del organismo. La presidenta del organismo, Cristina Danés, participa el 18 de diciembre en la Jornada de Regadío organizada por  CAMPO en Villamarciel.

 

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