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jueves, abril 18, 2024
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Manual de urgencia sobre aplicación de ‘fitos’

La manipulación y aplicación de productos fitosanitarios es una parte de la agricultura que está muy regulada, puesto que involucra numerosos aspectos: medio ambiente, salud, el medio ambiente, alimentación…

La cooperativa Agropal ha resumido las normas que se deben cumplir en cada explotación en lo concerniente a los productos fitosanitario:

  1. CARNET DE MANIPULADOR de fitosanitarios:
    Tanto para hacer un tratamiento, como para transportarlo (comprarlo), hay que tener un carnet de manipulador de fitosanitarios (Carnet Cualificado o Carnet Básico).
  2. ALMACÉN de los productos fitosanitarios:
    Debe ser un local o armario correctamente señalizado, cerrado y ventilado, con medios para recoger derrames accidentales (arena), con fichas de seguridad expuestas, y también una ficha de acciones para casos de emergencia. Debe estar separado por pared de obra de locales habitados.
  3. SIGFITO:
    Los envases vacíos y con el triple enjuague con el logo Sigfito deben entregarse en un punto de recogida. Agropal tiene, en cada centro, punto de recogida y te dará un albarán de justificante de reciclado, que será necesario adjuntar al cuaderno de campo.
  4. ITEAF:
    Desde el 26 de noviembre de 2016, el equipo pulverizador debe haber pasado la inspección técnica de los equipos de aplicación de fitosanitarios (ITEAF). A partir del 2020 es cada 3 años.
  5. TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS:
    Desde el 1 de enero de 2013, cada tratamiento debe estar reflejado en el cuaderno de explotación o en la documentación de asesoramiento, poniendo la fecha, la parcela tratada, la persona que trata, el pulverizador usado, el producto fitofármaco, su número de registro, su dosis y su eficacia. Este producto debe estar autorizado para el cultivo al que se asocia el tratamiento en el momento que se hizo el mismo.
  6. ASESOR:
    En el caso de cultivos de asesoramiento (ej: más de 5 hectáreas de remolacha, patata, y/o alfalfa, en regadío; o más de 5 hectáreas de viñedo; o más de 2 hectáreas de pimiento en regadío) se necesita un asesor. Este asesor, titulado y acreditado por la Administración (inscrito en el ROPO), debe hacer una documentación de la explotación y firmarla.
  7. EPI, que son los Equipos de Protección Individual:
    Deben estar certificados e identificados con el marcado CE y el símbolo “protección frente a riesgo químico”: traje de protección que ajuste al cuello, muñeca y tobillo; guantes impermeables y resistentes a productos químicos; gafas; calzado (botas impermeables resistentes a productos químicos); delantal y mascarilla de protección. Se deben utilizar desde el inicio de la manipulación del producto hasta el final de las operaciones de limpieza.

Algunos ejemplos aclaratorios de circunstancias que pueden darse:

> Si haces trabajos a terceros, o si te los hacen a ti, debes saber que:

  • Debe haber un contrato por las labores que haces o recibes. No es válido que en las facturas se use el concepto “labor + fitosanitario”, el fitosanitario debe ser comprado por el titular de la PAC.
  • Si haces tratamientos a terceros debes tener el carnet de manipulador cualificado, el básico no es suficiente.
  • Quien figure en la PAC debe tener a su nombre: las facturas de los herbicidas, los albaranes Sigfito y las entregas de cereal correspondientes a lo registrado en su PAC, y en su cuaderno de campo.
  • Quien vaya a recoger los fitosanitarios debe tener el carnet de manipulador de los mismos y estar inscrito en el ROPO. Sí se puede recoger fitosanitario en nombre de otra persona, pero para ello hace falta tener una autorización por escrito de esa persona, y hacer el albarán/factura a nombre de la misma.

> Los documentos que hay que recoger junto al cuaderno de explotación son:

  • Facturas o documentos que justifiquen la compra de fitosanitarios, certificado de inspección equipo aplicaciones fitosanitarias, justificantes Sigfito, albarán o factura de venta de cosecha.
  • Además, en su caso: contratos con quien haya realizado tratamientos fitosanitarios, análisis de residuos en cultivos/producción/agua de riego y documentación de asesoramiento.

> En cuanto a la simiente:

  • En el cuaderno de campo debe figurar tipo, cantidad y tratamiento de la semilla utilizada. Está autorizado el uso de semilla certificada, y la acondicionada para el reempleo (en este caso se debe tener el albarán-factura de selección y pago de canon GESLIVE).

> Entre otros, los equipos que sí deben pasar la ITEAF son:

  • Equipos móviles dedicados a la actividad agrícola: pulverizadores hidráulicos (barras o pistolas) e hidroneumáticos (atomizadores), pulverizadores neumáticos (nebulizadores) y centrífugos (espolvoreadores).
  • Equipos fijos y equipos en instalaciones fijas o invernaderos.

> A la hora de la aplicación de fitosanitarios, algunos aspectos destacables a cumplir dentro de la condicionalidad, para no ver reducidos los importes de determinadas ayudas serían:

  • Excepto si los equipos tienen dispositivo antirretorno o si el punto de captación está más alto que la boca de llenado, los depósitos de los equipos de aplicación no se pueden llenar directamente desde pozos o puntos de almacenamiento de agua, ni desde un cauce de agua.

Hay que cubrir los pozos de las parcelas que se traten, al menos durante la aplicación fitosanitaria, para evitar la contaminación puntual.

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