Aunque desde Urcacyl hubiera gustado una reforma más en profundidad, valoran en nota de prensa “las modificaciones introducidas a la Ley, y ello debido a que gran parte de los cambios responden a sugerencias realizadas por Urcacyl y las cooperativas de la región, también las de trabajo y las de crédito”.
Dentro de las modificaciones, unas de carácter formal, otras referidas a la constitución, al régimen social, a los órganos de gobierno o a cuestiones económicas, en la asociación de cooperativas destacan las siguientes:
- Las cooperativas agrarias pasan a denominarse agroalimentarias.
- Se cambian algunos términos: quiebra por proceso concursal, los de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común por normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
- Se posibilitan convocatorias de las Asambleas generales por medios electrónicos y en las páginas web.
- Se regula un nuevo tipo de socios, el socio de servicios y se faculta a los estatutos el establecer cuando una baja se puede considerar justificada.
- El capital social mínimo de 2.000 euros a 3.000 euros.
- Mejor regulación del derecho de baja del socio teniendo en consideración la situación de la cooperativa y posibilitando diferentes tipos de reembolsos al socio.
- Cambios en la colaboración de las juntas preparatorias y en las asambleas generales de delegados.