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sábado, abril 20, 2024
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Todas las claves de la ayuda de 250€ al regadío con aguas subterráneas

La medida incluye patata y remolacha, además de diferentes hortícolas, como zanahoria, puerro, ajo, remolacha de mesa o maíz dulce

La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural anunciaba la semana pasada una ayuda cercana a los 250 euros por hectárea para determinados cultivos regados con agua de sondeos.

¿Qué cultivos se benefician?

La medida pretende compensar al regante por el incremento en el coste del riego, derivado de la actual crisis energética, e incluye a producciones como la patata y la remolacha, además de la zanahoria, el puerro o el ajo.

También cultivos como la remolacha de mesa o el maíz dulce.

Pero al mismo tiempo quedan fuera de la ayuda cultivos emblemáticos del regadío, como la alfalfa o el maíz.

¿Por qué se aprueba la ayuda?

Desde el departamento dirigido por Gerardo Dueñas se justifica la ayuda en la convicción de que algunos de los cultivos más perjudicados por el alza de costes son patata y remolacha, “que además tienen un destino más social, de futuro, y están más relacionados con el consumo directo humano”.

¿Qué debe hacer el agricultor para recibirla?

Para poder tramitar estas ayudas, la consejería va a establecer un procedimiento simplificado utilizando la información disponible en las bases de datos de gestión de ayudas y registros ganaderos de la Junta.

Se va a utilizar esta fórmula con el objetivo de aportar liquidez rápidamente y que las ayudas se concedan antes del 31 de diciembre de 2022.

¿A cuánto asciende?

Se estima un importe de ayuda unitario de 250 euros por hectárea declarada en la solicitud única de la PAC 2022 y cuyo regadío se identifique con la extracción de agua subterránea.

¿Hay límite para la ayuda?

Sí. La superficie máxima subvencionable es de 60 hectáreas, considerando la suma de todas las superficies admisibles de los cultivos contemplados en la medida.

¿Cómo se recibe la ayuda concedida?

La concesión de la subvención se notificará a los beneficiarios, que deberán aceptarla en el plazo de treinta días naturales desde su notificación. Transcurrido dicho plazo sin que se haya aceptado se entenderá que renuncia a ella.

Por el contrario, una vez aceptada la ayuda y comprobado que los beneficiarios se hallan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, se librará en un único pago por beneficiario, dada la singularidad de esta subvención.

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