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No habrá quema de restos vegetales a menos de 400 metros del monte hasta el 20 de octubre

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio continúa con la declaración de peligro medio de incendios forestales en las nueve provincias de Castilla y León del 14 al 20 de octubre de 2022

Las condiciones meteorológicas de comienzo del mes de octubre no han traído consigo la precipitación necesaria para paliar la sequía acumulada. Las actuales previsiones meteorológicas indican la entrada de una borrasca a partir del día 15 que afectará sobre todo al oeste de la Comunidad; esta borrasca tiene poca probabilidad de lluvia asociada que pueda mejorar el estado de la vegetación.

El riesgo sigue anormalmente alto para la época del año, debido a los factores ya mencionados: sequía acumulada y estado de la vegetación. Por ello la Junta de Castilla y León continúa con la declaración de peligro medio de incendios forestales en toda la Comunidad hasta el 20 de octubre.

Se continúa con un importante despliegue de medios para atajar cualquier conato que se produzca. Se asignará personal de guardia, tanto de agentes medioambientales como de técnicos especialistas en extinción; continúan trece medios aéreos operativos en sus bases hasta el día 16, que quedarán diez.

Hay una cuadrilla helitransportada por base y continúan operativas gran parte de las autobombas.  Las cuadrillas terrestres siguen trabajando en el monte con disponibilidad para acudir a los incendios y continúa la prestación del 30% de los retenes de maquinaria.

Recomendaciones

Con efecto de esta declaración entran en vigor las medidas preventivas específicas establecidas para esta época de peligro en la Orden FYM/510/2013 por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas en Castilla y León.

Se recuerda que está prohibido, en el monte y en los terrenos  rústicos a menos de 400 metros del monte: la quema de rastrojos, hacer hogueras y fogatas, encender fuego en las áreas de descanso de la red de carreteras, tirar fósforos, colillas o cualquier material en ignición al suelo; la quema al aire libre de basureros, vertederos o cualquier acumulación de residuos de cualquier tipo; arrojar fuera de los contenedores de basura, desechos o residuos que con el tiempo puedan resultar combustibles o susceptibles de provocar combustión, tales como vidrios, papeles, plásticos, aerosoles, mecheros, etc.; aparcar vehículos en los caminos, pistas forestales y cortafuegos de modo que supongan un impedimento al paso de los vehículos del operativo de lucha contra los incendios forestales.

El lanzamiento de cohetes, globos o artefactos de cualquier clase que contengan fuego seguirá requiriendo la correspondiente autorización en el monte y en los terrenos rústicos a menos de 400 metros del monte.

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