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martes, marzo 19, 2024
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¿Por qué están en pie de guerra los propietarios de choperas de la cuenca del Duero?

Alfredo Rodríguez Garagorri
Decano del Colegio de Ingenieros de Montes de Castilla y León

La Ley de Aguas protege los cauces de los ríos. Todos estamos de acuerdo en ese objetivo. Pero ¿qué es un cauce?

Para los no especialistas, por ejemplo la RAE, el cauce es el terreno por donde corren las aguas de un río o arroyo. Con esta definición todos entendemos que la Plaza Mayor de Burgos, por la que corrió el río Arlanzón en 1874, no forma parte del cauce del
Arlanzón, porque el río no corre habitualmente por allí. Intuitivamente entendemos que el cauce es el terreno que el río cubre cuando no está demasiado bajo ni demasiado alto.

Pero para la Ley de Aguas el cauce es el terreno cubierto por las aguas en las máximas crecidas ordinarias, es decir, el que se inunda todos los años, aunque sea solo un día.

Esa definición tiene todo el sentido en la España más mediterránea, donde los cauces de las ramblas están secos casi todo el año, pero da problemas en cuencas medias y bajas de grandes ríos como el Duero y sus afluentes, donde casi todos los años el río se sale un par de veces e inunda tierras de cultivo, sotos, polígonos y lo que se ponga por delante.

Son terrenos que nadie consideraría cauce del río pese a que legalmente lo sean.

La Ley de Aguas establece un régimen estricto para los cauces, que tiene sentido aplicado a lo que una persona de a pie, o la RAE, entiende por cauce, pero que resulta exorbitante cuando se pretende aplicar, además, a tierras de cereales, remolacha o chopos que las crecidas cubren solo uno o dos días al año.

LOS CHOPOS Y LOS CAUCES

Yendo al grano ¿es razonable plantar chopos dentro de un cauce, entendido como lo entiende la gente normal? No. Los chopos estorban dentro del río.

Pero ¿es razonable plantar chopos en ese terreno que nadie considera cauce excepto la Ley de Aguas? Sí. Ahí tiene todo el sentido ecológico plantar chopos. Porque los árboles, chopos o no, sujetan el suelo, permiten que circule y viva la fauna en ellos, capturan parte de los nitratos y otros nutrientes que desde los cultivos llegan a los ríos, soportan las inundaciones sin sufrir daños, retienen parte del material que arrastran las riadas y reducen la velocidad de las avenidas. Son mucho más ecológicos que cualquier
otra alternativa agrícola desde todas las facetas del análisis ecológico.

De hecho, muchos terrenos de ribera se incluyeron en la Red Europea Natura 2000 por estar ocupados por choperas comerciales. Las choperas comerciales suponen ganar terreno para la naturaleza y el paisaje en comarcas donde la única alternativa real es el
cultivo agrícola hasta una única fila de sauces que malvive en el mismo borde del agua.

EL BORRADOR DE PLAN HIDROLÓGICO

Pese a todo esos beneficios, el actual borrador de Plan Hidrológico del Duero, que no es definitivo pero ya ha superado varias fases de tramitación sin cambiarlo, establece en su artículo 34.2.a) que “no se permitirán las plantaciones de cultivos arbóreos (plantaciones de variedades monoclonales en marcos regulares) en el cauce de los ríos”.

Obsérvese que solo se prohíben las “Plantaciones de variedades monoclonales en marcos regulares”, es decir, única y exclusivamente las choperas comerciales. No se
prohíben las plantaciones de eucalipto, de pino piñonero, de olivos, de frutales o de remolacha, algunos de ellos mucho más intensivos en cuanto a aportación de abonos y fitosanitarios.

El objetivo que se entrevé en la prohibición puede ser que esos terrenos se planten de especies autóctonas de ribera, como chopos del país y sauces. Pero es un objetivo irreal: ningún propietario puede permitirse el lujo de invertir 6.000 euros por hectárea en plantar y mantener de su bolsillo todas esas plantaciones sin obtener ningún retorno económico durante décadas.

Si después de cortarlos no se les permite volver a plantar los chopos que ya tenían, en esas fincas de vega, junto a los ríos, los propietarios van a cultivar remolacha, patatas, maíz o viñas, usos mucho menos amables ambientalmente para el río.

CONCLUSIÓN

La consecuencia de mantener la prohibición prevista en el borrador de Plan Hidrológico del Duero sería que donde ahora hay un uso ambientalmente favorable para el río y económicamente viable, como es la chopera comercial, se cambiaría a otro uso económicamente viable pero ambientalmente desfavorable para el río, como es el cultivo agrícola.

Ese cambio agudizaría varios de los problemas que el Plan Hidrológico pretende resolver, como la presencia de nitratos en las aguas, los daños por inundaciones a las explotaciones colindantes, la demanda de agua de riego o la escasez de territorio para la fauna.

Por eso, aunque sea por reducción al absurdo, hay que ser optimistas en cuanto a la revisión de esa inexplicable prohibición en el texto definitivo del Plan Hidrológico del Duero: un Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico no puede ir en contra del uso más ecológico de las riberas del Duero y de una de las producciones agrarias con mejores perspectivas para crear empleo y mantener población en el medio rural.

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