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martes, abril 23, 2024
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¿Cómo me afectan los cultivos plurianuales en relación con la rotación?

Una de las condiciones de cumplimiento del eco régimen de rotación de cultivos con especies mejorantes, exige, como su propia denominación indica, la rotación de al menos el 50% de la superficie de cultivo acogida al eco régimen, entendiendo por tal la presencia de un cultivo diferente al del año anterior.

Como es relativamente frecuente la presencia de cultivos plurianuales, como la alfalfa, en las explotaciones agrarias, esta superficie no computaría dentro del porcentaje de superficie a rotar.

Esto significa, como ejemplo, que la presencia de 20 hectáreas de alfalfa en una superficie acogida al eco régimen de 100 hectáreas, el cumplimiento de la condición exigiría, al menos, la rotación de 40 hectáreas, el 50% de la superficie acogida una vez descontada la superficie de cultivos plurianuales.

Incluso se ha establecido como excepción de forma que, en el caso de presencia de al menos un 25% de la superficie de cultivo acogida al eco régimen de cultivos plurianuales, el porcentaje de rotación sobre el resto de las tierras de cultivo, se reduce y en este caso deberá ser de al menos el 25% en lugar del 40 % establecido con carácter general.

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