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Ayudas y subvenciones para personas físicas, empresas y autónomos con motivo del Covid-19

Lineas de ayuda y subvenciones publicadas por la Junta de Castilla y León con motivo de la pandemia del Covid-19, según recopila CE consulting empresarial:

1.-Ayudas destinadas a personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada.

Descripción:

Destinadas a complementar la prestación de carácter estatal que reciban las personas trabajadoras afectadas por expedientes de regulación de empleo, de suspensión de contratos de trabajo o reducción de la jornada, incluidos los fijos discontinuos, resueltos al amparo del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma.

La resolución de las solicitudes será por el orden de presentación mientras exista crédito adecuado.

La cuantía fijará 7 euros por jornada completa efectiva de suspensión o 210 euros al mes

Estado: Bases publicadas pendiente de convocatoria.

2.-Ayudas a la protección de las personas trabajadoras que no perciban ningún tipo de prestación o subsidio por desempleo o por cese de actividad (Programa Personal de Integración y Empleo).

Descripción:

Destinadas a las personas desempleadas afectadas por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, asegurando unos ingresos mínimos que les permita subsistir, al tiempo que realizan actividades que les aseguren una mejora de sus competencias profesionales y, en consecuencia, encontrarse en mejor disposición para acceder al mercado de trabajo.

La cuantía de la ayuda será del 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem). La duración de la ayuda será proporcional al tiempo trabajado, en todo caso, mínimo tres meses y máximo seis meses.

Estado: Bases pendientes de publicación

3.-Subvenciones a empresas para la contratación de trabajadores desempleados.

Descripción:

Destinadas a empresas que contraten a las personas trabajadoras inscritas como desempleadas no ocupadas en el Servicio Público de Empleo de Castilla y León durante el período de duración del estado de alarma decretado en España por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

La cuantía de la subvención será de 10.000 € por trabajador contratado a tiempo completo.

Estado: Bases publicadas pendiente de convocatoria.

4.-Subvenciones a empresas para incentivar la contratación de personas trabajadoras que por su edad tienen mayores dificultades de acceso al mercado laboral y que hayan sido despedidas o que provengan de empresas que han cerrado.

Descripción

Destinadas a incentivar la contratación de personas que, en la fecha de inicio del contrato subvencionable, tengan 55 o más años y hayan sido despedidas desde la fecha de inicio del estado de alarma hasta la fecha que se determine en la convocatoria correspondiente o provengan de empresas que han cerrado en dicho período.

La cuantía de la subvención será de 8.000 € por trabajador contratado a tiempo completo.

Estado: Bases publicadas pendiente de convocatoria.

5.-Subvenciones a las empresas que necesitan un refuerzo en la contratación para atender el incremento de la producción.

Descripción

Destinadas a apoyar el aumento de plantilla de los sectores empresariales que han tenido que incrementar su actividad por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Se podrán subvencionar los siguientes contratos:

  • Contratos de interinidad: Para la sustitución de contratos por bajas por enfermedad.
  • Contratos por reducción de jornada para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar del trabajador.
  • Contratos indefinidos a tiempo completo, que deberán mantenerse durante, al menos, 2 años desde la fecha de inicio.
  • Contratos en prácticas, que deberán mantenerse durante, al menos, 1 año desde la fecha de inicio.

La cuantía de la subvención

  • Contratos de interinidad, hasta 3.500 € por contrato en función de la duración del contrato.
  • Contratos indefinidos a tiempo completo, hasta 10.000 € por contrato.
  • Contratos en prácticas, hasta 5.000 € por contrato.

Estado: Bases publicadas pendiente de convocatoria.

6.-Acceso preferente, en las ayudas a la inversión en la industria agroalimentaria, de todas las empresas afectadas en sus plantillas por el Covid-19.

Descripción

Destinadas a apoyar las inversiones productivas para la transformación, desarrollo y comercialización de la producción agroalimentaria.

7.-Subvenciones a las pymes comerciales afectadas por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Descripción

Destinadas al apoyo a proyectos de inversión dirigidos a la modernización y digitalización de los establecimientos comerciales, especialmente los dirigidos a la implementación y/o mejora de plataformas de venta ‘online’ o de medidas técnicas para el teletrabajo, así como al apoyo a proyectos de inversión dirigidos a garantizar el abastecimiento de productos de carácter cotidiano (alimentación, droguería y perfumería) en el medio rural o, en su caso, a ambos a la vez.

La cuantía de la subvención por cuantía del 50% de presupuestos aceptado en supuesto de proyectos ejecutados y vinculados a establecimientos comerciales con límite de hasta 10.000€.

Estado: Bases publicadas pendiente de convocatoria.

8-Ayudas para la reincorporación de los autónomos que hayan cesado su actividad por la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 (Programa Reincorpórate)

Descripción

Dirigidas a autónomos, personas físicas y autónomos societarios, que retomen su actividad empresarial y la mantengan durante al menos 6 meses desde la reincorporación. La cuantía de la ayuda será del 40% de la cuota de cotización a la Seguridad Social sobre la base mínima de cotización correspondiente, durante los tres primeros meses desde la reincorporación.

La resolución de las solicitudes será por el orden de presentación mientras exista crédito adecuado.

Estas ayudas irán destinadas a extender la reducción de las cuotas de la Seguridad Social durante 6 meses, aplicable a los trabajadores del Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que hayan completado el disfrute de la reducción de las cuotas o lo completen en fechas próximas al inicio o finalización de la declaración del estado de alarma declarado como consecuencia del Covid-19 en los periodos que se determine la convocatoria correspondiente.

Estado: Bases pendientes de publicación

9.-Subvenciones para generar nuevas oportunidades de emprendimiento para aquellas personas trabajadoras que pierdan su empleo durante esta crisis y decidan iniciar una nueva actividad por cuenta propia.

Descripción

Promover el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia de personas físicas desempleadas que hayan perdido su empleo, o cesado en su actividad por cuenta propia, desde el inicio de la declaración del estado de alarma decretado por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y que se den de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (en adelante, RETA) o en la Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente, en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.

Cuantía

  • Por inicio de actividad: 5.000 €, con un gasto mínimo justificado de hasta 2.000 €. Este gasto mínimo deberá realizarse en bienes muebles, que se detallarán en las bases reguladoras, y hasta 6 meses del pago de alquileres.
  • Por contratación de servicios externos para el desarrollo de su actividad relacionados con la digitalización y/o teletrabajo hasta 3.000 €.
  • Por formación en teletrabajo, nuevas tecnologías y venta on-line: Hasta 2.000 €.

Estado: Bases publicadas pendiente de convocatoria.

10.-Apoyo a los autónomos establecidos en Castilla y León, con o sin empleados a su cargo, y cuyos negocios, sin haber cesado en su actividad, se hayan visto afectados por las medidas adoptadas frente al Covid-19.

Descripción

Fomento y consolidación del empleo autónomo en la Comunidad de Castilla y León mediante la concesión de ayudas a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos. Dichas subvenciones permitirán que las personas trabajadoras por cuenta propia, disfruten de las reducciones de las cuotas tanto por contingencias comunes como por contingencias profesionales, durante seis meses adicionales. En el caso de trabajadores por cuenta propia agrarios, la subvención tendrá en cuenta únicamente las contingencias comunes.

Cuantía: Serán subvencionables las cuotas por contingencias comunes y contingencias profesionales, abonadas por las personas trabajadoras beneficiarias de esta orden, durante seis meses tras finalizar el disfrute de la reducción de los 12 o 24 meses regulada en los apartados 1 y 3 de los artículos 31 y 32 de la Ley 20/2007, de 11 de julio.

Estado: Bases publicadas pendiente de convocatoria.

11.-Ayuda a los autónomos que cesen definitivamente su actividad y no perciban prestación ni subsidio por desempleo o cese de actividad (Programa Personal de Integración y Empleo).

Descripción

Destinadas a apoyar a los autónomos que hayan perdido su empleo, asegurándoles unos ingresos mínimos que les permitan subsistir, al tiempo que realizan actividades que les aseguren una mejora de sus competencias profesionales y, en consecuencia, encontrarse en mejor disposición para acceder al mercado de trabajo, bien mediante la obtención de un empleo por cuenta ajena, bien mediante la puesta en marcha de un nuevo proyecto de emprendimiento.

Quienes podrán ser beneficiarios personas que cumplan los siguientes requisitos:

  • Que hayan perdido su empleo durante el período de duración del estado de alarma decretado en España por la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.
  • Que no perciban otra prestación o subsidio por desempleo o por cese de actividad.
  • Que no reúnan los requisitos para percibir el subsidio de mayores de 52 años.

La cuantía de la ayuda será el 80% del Iprem.

12.-Subvenciones a las empresas para adoptar medidas extraordinarias que prioricen la máxima protección de la salud de las personas trabajadoras.

Descripción

La Administración de la comunidad de Castilla y León concederá subvenciones que tengan por objeto:

  • La adquisición de equipos de protección individual frente al riesgos de agentes biológicos (guantes, gafas, mascarilla, batas, botas…).
  • La asistencia externa para labores de desinfección biológica de los equipos, instalaciones y personas, exclusivamente en respuesta a la situación de contingencia.
  • Asistencia de un servicio de prevención ajeno para la evaluación de los puestos de trabajo que puedan ser población de riesgo frente al Covid-19.
  • Información y asesoramiento a los trabajadores y empresas de Castilla y León para la prevención de los contagios por Covid-19 en los centros de trabajo.

La resolución de las solicitudes será por el orden de presentación mientras exista crédito adecuado.

Cuantía: La cuantía de la subvención será del 80% respecto del gasto subvencionable, no pudiendo en ningún caso superar los 2.000 euros por beneficiario.

Estado: Bases publicadas pendiente de convocatoria.

NUEVAS AYUDAS Y SUBVENCIONES PUBLICADAS: 

13.-Subvenciones destinadas al sector turístico de Castilla y León para hacer frente a la crisis ocasionada por el Covid 19.

Descripción:

Subvenciones destinadas al sector turístico de Castilla y León para hacer frente a la crisis ocasionada por el Covid-19.

Gastos subvencionables:

Los derivados de los suministros de electricidad, agua, gas y telecomunicaciones, los de mantenimiento de instalaciones y maquinaria, el alquiler de locales, o en su caso hipotecas de los establecimientos donde se desarrolle la actividad turística. En el caso de hipotecas, el gasto subvencionable no podrá superar el 25 por ciento del gasto subvencionable total, los seguros, las cuotas por pertenencia a alguna asociación del sector, los gastos de asesoría fiscal, contable o legal relacionados con el Covid-19, los de mantenimiento de los programas informáticos (actualizaciones desde el punto de vista funcional, legal y tecnológico; mantenimientos evolutivos, mantenimientos correctivos, mantenimientos de infraestructura, renovación de licencias etc.), garantías, seguros y cánones del equipamiento informático, los gastos de conectividad, los servicios de alojamiento web (alta, mantenimiento) así como registro, renovación y gestión de dominios, los gastos correspondientes a publicidad on-line (Google adwords, publicidad en redes sociales, gastos por publicidad en otras páginas web, salvo las dirigidas a segmentos de mercado específicos o especializados) y en general los gastos correspondientes a posicionamiento o incremento de presencia en internet.

Cuantía:

  • La cuantía global de las subvenciones se determinará, según las disponibilidades presupuestarias, en la correspondiente convocatoria.
  • La cuantía individualizada de cada subvención se obtendrá detrayendo del importe total de los justificantes de gasto presentados los gastos no subvencionables, no pudiendo ser inferior a 500 € ni superior a 2.000 €.

Estado: Bases publicadas pendiente de convocatoria.

14-Ayudas a asociaciones sin ánimo de lucro cuya finalidad sea la defensa de los intereses del sector del comercio al por menor.

Descripción:

Financiación de actuaciones de promoción del comercio de la omunidad, con la finalidad de fomentar el consumo en el pequeño comercio minorista de proximidad e incrementar su capacidad de atracción sobre la demanda, así como el apoyo a su tejido asociativo, de acuerdo con los requisitos establecidos en las presentes bases y en las correspondientes convocatorias.

Cuantía:

La cuantía de la subvención será por cada actuación subvencionable de un 90% del presupuesto aceptado, con la excepción en las actuaciones de prestación al pequeño comercio, de servicios de información, asesoramiento y similares relacionados con las necesidades surgidas ante la crisis del Covid-19 que será de un 75% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites:

  • No serán subvencionables las actuaciones con un presupuesto subvencionable inferior a 1.000 euros.
  • El presupuesto máximo aceptado por cada actuación subvencionable será de 30.000 euros con carácter general y de 20.000 euros en el supuesto de las actuaciones de prestación al pequeño comercio, de servicios de información, asesoramiento y similares relacionados con las necesidades surgidas ante la crisis del Covid-19.

Estado: Bases publicadas pendiente de convocatoria.

15.-Ayudas a la conciliación de la vida familiar y laboral.

Descripción:

Apoyar la conciliación de la vida personal, laboral y familiar, facilitando la corresponsabilidad de los miembros de la unidad familiar en el cuidado de menores y familiares, mediante el fomento del ejercicio del derecho de reducción de jornada y excedencia, a través de una compensación económica por la pérdida de ingresos de aquellas personas que realicen la actuación subvencionables.

Cuantía:

  • 500 € por el ejercicio del derecho de reducción siempre que se realice sobre una jornada a tiempo completo durante un período de seis meses.
  • 500 € por el ejercicio del derecho de excedencia durante un período de tres meses, salvo en los supuestos de cuidado de familiar de primer grado de consanguinidad o afinidad, en el que el período debe ser de seis meses.
  • Para los supuestos de familias numerosas, monoparentales y para el primer solicitante en el supuesto de reducción de jornada compartida ejercida por los dos progenitores, adoptantes o acogedores para el cuidado de un hijo menor de 12 años a que se refiere la Base Cuarta, apartado 3, la cuantía de la subvención se incrementará en un importe total de 1.000 €. En el supuesto extraordinario de reducción de jornada o excedencia vinculadas a la crisis del Covid-19, el importe de subvención será el que, en su caso, se fije en la convocatoria.

Estado: Se puede solicitar desde el 11 de mayo de 2020.

16.-Ayudas al alquiler de vivienda habitual de personas afectadas por el Covid 19.

Descripción:

Dirigida a mayores de edad arrendatarias de vivienda habitual que haya pasado a partir del 14 de marzo a estar en desempleo o sujeta a ERTE, o haya reducido su jornada por motivo de cuidados o cesado su actividad por cuenta propia.

Cuantía:

  • La cuantía de la ayuda podrá llegar hasta el 100% de la renta arrendaticia con el límite máximo de 500 euros al mes.
  • El período máximo subvencionable será de cuatro mensualidades que habrán de estar comprendidas entre el mes de abril y el mes de septiembre de 2020, ambos incluidos.

Estado:

Se puede solicitar desde el 14 de mayo de 2020.

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