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Declaran nula la orden que autorizaba la quema de rastrojos de cereales en Castilla y León

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica este viernes la declaración nula de pleno derecho de la Orden AYG/887/2016 que autorizaba como medida fitosanitaria la quema de rastrojos de cereales en Castilla y León, y por tanto la prevención de plagas y enfermedades en los cultivos de Castilla y León.

La Alianza UPA-COAG lamenta que la Junta de Castilla y León no haya retomado las acciones para poder quemar rastrojos, “puesto que ello va a generar muchos problemas a los agricultores de la región en un año como éste con sobreabundancia de vegetación y maleza debido a las continuas precipitaciones”, tal y como aseguran. Va a ocasionar “una insoportable presión de plagas y enfermedades”, recalca la organización, tanto desde el punto de vista económico como de la pura gestión técnica al dificultarse notablemente la realización de labores.

Para la Alianza UPA-COAG resulta “un despropósito que se anule dicha Orden, puesto que se trata de una normativa que recogía una medida de carácter excepcional y que no buscaba otra cosa más que compatibilizar las actividades socioeconómicas del mundo rural con la protección más sostenible que se puede ser capaz de ofrecer de forma viable al medio ambiente”.

Afirman que esta práctica permitió realizar una adecuada gestión de cultivos en 2017 lo suficientemente constatada en los resultados en campo, sin embargo, quedó anulada a principios del presente año por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León dictada tras el recurso presentado por un grupo ecologista.

Desde la organización recuerdan que el uso del fuego se autorizó únicamente en determinadas comarcas y para parcelas lo suficientemente distantes de masas forestales y zonas red natura, así como tomando toda una amplia serie de precauciones. “Tan es así que fuera de las parcelas en que se empleó el fuego como medida de gestión no hubo que lamentar pérdida medioambiental alguna que fuera motivada por quemas autorizadas conforme a la normativa que las reguló”, indican.

Esta medida que ahora queda anulada, va a suponer que solo se pueda quemar como se venía haciendo hasta antes del año 2016, y por lo tanto únicamente con la autorización puntual para determinadas parcelas y siempre bajo previo autorización de los Servicios Territoriales, y siempre que haya un motivo fitosanitario que lo justifique.

La Alianza UPA-COAG hace un llamamiento a la Consejería de Agricultura de la Junta de Castilla y León para que rectifique y retome las medidas que sean necesarias y de nuevo se permita la quema de rastrojos como medida fitosanitaria en nuestra comunidad autónoma.

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