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jueves, abril 25, 2024
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La Comisión Europea insta a España a cumplir la legislación sobre contaminación por nitratos

Según informa la representación en España de la Comisión Europea, en nota que recoge la Unión de Uniones, el Ejecutivo comunitario ha advertido a España e Italia de la insuficiente protección de sus aguas contra la contaminación causada por los nitratos procedentes de fuentes agrarias. Aseguran que la reglamentación de la Unión sobre los nitratos es una de las piedras angulares de la legislación europea sobre el agua, cuyo objetivo es reducir la contaminación de las aguas causada o inducida por los nitratos de origen agrario y actuar preventivamente contra nuevas contaminaciones.

Para lograr este objetivo, la Directiva sobre los nitratos (Directiva 91/676/CE del Consejo) contiene diferentes acciones y medidas que los Estados miembros deben elaborar e implementar, como, controlar las aguas, designar zonas vulnerables a los nitratos y establecer códigos de prácticas agrarias correctas y programas de acción.

La Comisión considera que España no controla sus aguas de manera efectiva, comprometiendo su capacidad para revisar las zonas vulnerables a los nitratos y evaluar la eficacia de los programas de acción, limitando así la eficacia de la legislación. Por ello, la Comisión ha decidido enviar sendas cartas de emplazamiento a ambos Estados miembros y les concede dos meses para responder; de lo contrario, la Comisión podría decidir enviar un dictamen motivado.

La Directiva 91/676/CE, se traspuso a la legislación nacional a través del Real Decreto 261/1996, de 16 de febrero, sobre protección de las Aguas contra la Contaminación producida por los Nitratos procedentes de Fuentes Agrarias. En el artículo 4 del mismo se establecen los plazos de designación de las zonas vulnerables y de revisión de las zonas ya designadas

La designación de estas zonas corresponde a las Comunidades Autónomas en sus respectivos ámbitos. En todas ellas se han establecido mapas de zonas vulnerables que llevan aparejados programas de actuación. Todos estos programas implican para los agricultores y ganaderos que tienen sus explotaciones en esas zonas requisitos, limitaciones y condicionantes en cuanto al aporte de fertilizantes nitrogenados, el momento y el manejo y forma de aplicación. También se establecen prohibiciones del aporte de fertilizantes en determinadas condiciones del suelo (pendientes, nevados) o climatológicas (lluvia), así como en las inmediaciones de masas de agua, debiendo respetarse distancias mínimas. Igualmente se recogen en estos programas dosis máximas de nitrógeno por cultivo y recomendaciones sobre la época y forma de aplicación.

Las ganaderías cuentan también con normas específicas sobre la gestión, procesado y almacenamiento de estiércoles.

Unión de Uniones resalta que todas estas limitaciones se implantan y las asumen los agricultores y ganaderos “sin ningún tipo de compensación económica”. La manera de abordar este asunto sería incentivando en mucha mayor medida los modelos de producción ecológica, y no condenando y acorralando con nuevas obligaciones a la agricultura y la ganadería convencional inasumibles para las explotaciones familiares que constituyen la mayor parte de nuestro tejido agrario.

Los recintos agrarios que están en alguna de estas zonas vulnerables pueden consultarse en el SIGPAC, como señala Unión de Uniones.

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