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martes, abril 16, 2024
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Riesgo de inicio y propagación de incendios los días 30 y 31 de julio

Se recuerda a los agricultores que aún están recolectando el cereal que tengan presentes todas las medidas de precaución

La Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha declarado alerta por riesgo meteorológico de incendios forestales en Castilla y León los días 30 y 31 de julio ante una elevada temperatura y una brusca bajada de la presión atmosférica.
El incremento de las temperaturas que se viene produciendo en los últimos días y que será más acusado el día 30 de julio, al que se añade una brusca bajada de la presión atmosférica que crea un gradiente de temperaturas que provoca una alta inestabilidad. El incremento de la intensidad del viento, que superará los 20 Km/h en toda la Comunidad, hace que aumente notablemente el riesgo de incendios, esperándose comportamientos virulentos y velocidades de propagación mayores de lo habitual.
Las condiciones meteorológicas esperadas hacen que se incremente la probabilidad de ignición de los combustibles vegetales, fundamentalmente los herbáceos, que con esta primavera lluviosa han tenido un gran desarrollo y ya están muy desecados por su ciclo biológico y la sequía de junio, y que se eleve la velocidad de propagación en caso de iniciarse un incendio por el viento. Todo ello agravado por los posibles fenómenos convectivos asociados a la fuerte inestabilidad atmosférica prevista, lo que provoca un incremento del riesgo de incendios forestales.

Medidas preventivas: prohibiciones y precaución de la población y trabajos

Ante esta situación descrita, se comunica que se ha dictado resolución, que afecta a toda la Comunidad, los días 30 y 31 de julio, cuando se prohíbe, en el monte y franja de 400 metros de terreno rústico alrededor, el uso de barbacoas, ahumadores en la actividad apícola y uso de maquinaria autorizada en cuyo funcionamiento genere fuego, como sopletes, soldadores o radiales. También estará prohibida desde las 13.00 a las 22.00 horas la maquinaria cuyo funcionamiento pueda ocasionalmente generar deflagración, chispas o descargas eléctricas, como desbrozadoras o maquinaria con cadenas. Se suspenden, además, las autorizaciones en esa zona de lanzamiento de cohetes y artefactos que contengan fuego.
El uso de motosierras sí está permitido siempre que se cuente con medios de extinción en el lugar (mochila, batefuegos o similar) y sus lugares de mantenimiento, si son en monte, se mantengan limpios de vegetación y con medios de extinción.
Se recuerda a los agricultores que aún están recolectando el cereal que tengan presentes todas las medidas de precaución establecidas en la Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, que regula el uso del fuego y establece medidas preventivas, y las recomendaciones que se recogen en el folleto al respecto editado por la Junta de Castilla y León para evitar que en su trabajo se pueda iniciar un incendio. De estas medidas preventivas se pone de relevancia la prohibición, durante toda la época de peligro alto de incendios, de cosechar en la franja de 400 metros alrededor de los montes cuando la temperatura supera los 30ºC y la velocidad del viento los 30 km/h.

Asimismo, se solicita a la población que extreme las medidas de prudencia y tenga la máxima precaución en sus actividades al aire libre, avisando a través del 112 de la existencia de posibles incendios forestales, y se alerta a las empresas e instituciones que realizan trabajos y actividades al aire libre, fuera de la zona forestal, para que extremen la precaución en la ejecución de los mismos, por la posibilidad de que originen fuegos que se extiendan al terreno forestal.

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